domingo, 9 de noviembre de 2014

ESTADO SOCIAL DE DERECHO 
El estado social hoy es por antonomasia democrática y pluralista: conforme se establece en muchos lugares de la Constitución Política de 1991, se tiene una concepción pluralista, democrática que hace parte de la caracterización del Estado Social de derecho, que la entiende allí mismo expresada. 
Un estado social de derecho debe regirse bajo los siguientes ejes:
*Igualdad y Libertad: como derechos fundamentales que el estado debe defender.
*Estado como gestor: de manera intervencionista más no controladora.
o República unitaria descentralizada
Las repúblicas, es decir los Estados democráticos, se organizan de una manera centralista, que llaman unitaria, o de una manera federalista, con federalista (o autonomista). En la primera el poder se organiza con fundamento en la centralidad del poder, de las consideraciones fundamentales del poder; se centralizan las decisiones más importantes, la unidad se piensa frente al centro. En la concepción federalista los entes que forman la república se reservan ciertas decisiones de carácter importante.

 ENTIDADES TERRITORIALES 
Entidad es todo aquello que tiene ser propio. Ninguno de los citados elementos tiene ser propio. Ninguno es entidad. Todos tienen ser prestado. Su existencia depende del hombre que los crea, los decreta, los cambia o los anula. Departamentos, distritos, municipios, territorios indígenas. son, dicho con precisión, unidades político-administrativas dotadas de territorio.

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